El Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid prohíbe el transporte de animales a bordo de los vehículos, a excepción de perros guía o pequeños animales domésticos siempre que se transporten por sus dueños en receptáculos idóneos, y no produzcan molestias al resto de pasajeros.
Para el resto de los servicios está prohibido el transporte de cualquier animal en el habitáculo de viajeros, a excepción de los perros lazarillo, de asistencia o futuros perros guía en periodo de aprendizaje. Los animales viajarán en las bodegas, en el interior de transportines proporcionados por el viajero. (Consultar Condiciones Generales).