Los acompañantes de los usuarios dependientes, con discapacidad o movilidad reducida están obligados a adquirir un billete a bordo del vehículo o en su defecto estar provistos, desde el inicio de su viaje, de un título de transporte válido, que deberá someter al control de entrada en el vehículo.
Deberá conservar el título de transporte durante todo el viaje a disposición de los empleados del Grupo AISA o de los Agentes de Inspección que puedan requerir su exhibición.